Los límites del amor: espiar el móvil de tu pareja es delito

A la hora de celebrar San Valentín, son muchas las opciones diferentes que nos podemos encontrar, desde una sencilla cena romántica hasta una escapada a algún lugar especial. Sin embargo, también existen multitud de gestos que se engloban bajo la idea del amor pero que suponen toda una violación de los derechos individuales, tal y como explican desde Reclamador.

Espiar el móvil de la pareja es delito

Espiar el móvil de la pareja es una acción que se realiza con más frecuencia de la que podríamos esperar, una situación que es considerada como delito tal y como se recoge en el artículo 197.1 del Código Penal en el que se indica que se ha cometido un delito quien “para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación”. Según la ley, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Además, en relación a esto, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) también indica que: “Si accedemos a la cuenta de correo electrónico y al teléfono móvil de otra persona sin su consentimiento para conocer datos, conversaciones y mensajes de carácter absolutamente privado y particular podemos estar cometiendo uno o varios delitos”. Como pueden ser los delitos “de descubrimiento y revelación de secretos” y “contra la integridad moral”, detalla el organismo.

¿Y si la persona lo permite?

Acceder al móvil sin autorización del titular para espiar, por ejemplo, el contenido de las conversaciones de WhatsApp es delito y hacerlo con su autorización, también lo es.

Si esta persona, bien coaccionada o libremente, ha facilitado la contraseña no quiere decir que se puede hacer un uso indiscriminado de la misma, señala reclamador.es.

¿Es posible instalar una app de espionaje?

El Código Penal también castiga la instalación de apps de espionaje con penas de prisión de seis meses a dos años o multa de tres a dieciocho meses. Tanto a quien adquiera, como utilice, o facilite a otros algún programa informático destinado para este tipo de delitos, incluyendo una contraseña de ordenador, código de acceso o elementos similares que permitan acceder a un sistema informático.

Si además de adquirir el programa, se instala en el móvil de otro y se descubre su intimidad, las penas pasarían a ser las relativas al delito de descubrimiento y revelación de secretos regulado en el artículo 197: prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Algunas de las apps más utilizadas para espionaje son Spylix, mSpy o MobileSpy.

¿Y si se crea un perfil falso en redes sociales para controlar a su pareja?

Es posible que se creen cuentas en redes sociales, como Instagram o Facebook, para cotillear el perfil de sus parejas y ver cómo interactúan con otros usuarios. En esta situación, salvo que se esté suplantando la identidad real de alguien con dicho “perfil falso”, no tiene trascendencia penal, aunque sí se puede considerar bastante inmoral.

Pero, si se está suplantando el perfil de una persona real, con intención de obtener un beneficio, o causar daño (aunque éste no llegue a materializarse), esto se consideraría usurpación de estado civil. 

Espiar WhatsApp en la distancia

Hay aplicaciones que sirven para espiar las conversaciones de WhatsApp, y para evitar que se puedan tener acceso a ellas, también existe la posibilidad de descargarse aplicaciones para protegerlo del rastreo de los demás. Además, reclamador.es aconseja que, si se utiliza esta aplicación desde ordenadores portátiles o fijos, se verifique que se ha cerrado correctamente cuando se termina de usarla. En este sentido, desde el propio teléfono móvil, también se puede acceder a ‘Dispositivos vinculados’ y cerrar todas las sesiones iniciadas. 

Últimos artículos

Scroll al inicio